Blog Legal Nueva York



Archive for Agosto, 2009

Negligencia Medica - Fallos Inoportunos en el Diagnostico

Jueves, Agosto 13th, 2009

El mes pasado en el caso de Adams contra Back, un tribunal de apelaciones de Nueva York declaró formalmente la decisión de negar la moción del defendido a una sentencia sumaria parcial en un caso de negligencia médica. Juanita Adams, ya fallecida, había sido paciente del defendido Ephraim Back, médico del Hospital St. Clare desde el año 1997. Entre los años 1997 y 2005 la Sra. Adams, quien tenía historial de tabaquismo, fue tratada de varias enfermedades incluyendo repetidas infecciones del aparato respiratorio superior, tos con flema, respiración sibilante, ronquera y bronquitis.

Durante el mes de diciembre del año 2003 le hicieron una radiografía del tórax, con resultados anormales, a raíz de sus quejas de tos persistente, sangre en la flema y fiebre. El Dr. Back no solicitó una radiografía de seguimiento, análisis de sangre u otros tests. La Sra. Adams continuó quejándose de problemas  en el aparato respiratorio superior y también sufrió una importante e involuntaria pérdida de peso. Ocho semanas después falleció de cáncer de pulmón.  Su herederos  presentaron una demanda por negligencia médica y muerte ilícita alegando que el médico en cuestión no diagnostico su condición de manera oportuna. El Dr. Back sostuvo que las alegaciones no fueron prescritas basándose en la prescripción liberatoria. Sin embargo, el Tribunal Supremo permitió a los sucesores de la Sra. Adams a contraatacar usando como defensa la prescripción liberatoria y denegó la moción del Dr. Back para la sentencia sumaria. El caso continua en proceso. (Véa Adams v. Back, 2009 WL 2177266).

De manera similar a principios de agosto el tribunal de apelaciones rebatió otra apelación por parte de la defendida, solicitando sentencia sumaria en una demanda por negligencia médica. En este caso la esposa de Farnoush Rezvani, quien falleció, solicitó una indemnización ya que el doctor de su marido no diagnostico de manera oportuna que tenía el colón perforado y por la falta de consentimiento con conocimiento de causa. La doctora llevó a cabo la cirugía durante la cual su colon resultó perforado. El Sr. Rezvani falleció un mes más tarde tras haber sido sometido a varias cirugías correctivas.

El tribunal mantuvo que el testigo experto por parte de la defensa no pudo establecer que la defendida detectó la perforación de manera oportuna. El tribunal también sostuvo que la defendida no pudo demostrar que el Sr. Rezvani estaba suficientemente informado de los posibles riesgos, beneficios y alternativas antes de la cirugía. Debido a que el tribunal afirmó la decisión de negar la moción de la defendida para sentencia sumaria, la demanda judicial prosigue con éxito (Véa Rezvani v. Somnay, 2009 WL 2394315).

Estos casos demuestran que aquellos que han sufrido lesiones por causas similares “fallos en el diagnóstico” en situaciones de negligencia médica, bien individualmente o mediante seres queridos, tienen derecho a presentar una demanda judicial. Si tiene una historia similar por favor póngase en contacto con uno de nuestros abagados y le ayudaremos prestándole toda la atención que necesita.


Trolman, Glaser & Lichtman: ¡No se conforme con menos!

 

Lesiones Personales en el Recinto Escolar

Lunes, Agosto 10th, 2009

El pasado mes de julio en el caso de Ramos contra el Ayuntamiento de Nueva York, el tribunal negó a los defendidos la moción presentada para anular la demanda, en una caso en el cual un menor de edad fue agredido por un compañero de clase en el mismo recinto escolar. El demandante, Ricardo Ramos, está demandando al Ayuntamiento de Nueva York por lesiones personales que sufrió fuera del recinto escolar. Previo a este suceso, en mayo del año 2000, Ramos fue golpeado por varios compañeros mientras abandonaba el recinto escolar una vez terminadas las clases.

Aunque el guardia de seguridad estaba cerca fue distraído durante el incidente por lo que no pudo responder de inmediato al asalto del Sr. Ramos. Ramos había comunicado al personal escolar y de seguridad de altercados previos con estos “matones” pero no tomaron ninguna medida al respecto. De hecho en el expediente se indica que algunos estudiantes habían avisado al guardia de seguridad que algunos niños estaban esperando fuera del colegio para agredir a Ramos, e incluso él había visto a tres sospechosos merodeando por el colegio en el momento del accidente, pero no hizo nada al respecto. Ramos alega que sus lesiones fueron causadas por una acción negligente del ayuntamiento a la hora de supervisar a los estudiantes en el recinto escolar. Por lo tanto el caso todavía continua. (Véa Ramos v. City of New York, 2009 WL 2356877).

La ley de Nueva York reconoce una causa por acción en éste caso donde los funcionarios del sistema educativos supervisaron de manera negligente una agresión entre estudiantes. La ley en sí está bien asentada: “Para determinar si la obligación para proveer una supervisión adecuada ha sido quebrantada en el contexto de lesiones causadas por actos originados por compañeros de colegio, debe ser establecido que las autoridades escolares tenían suficientes conocimientos específicos o información sobre la conducta peligrosa que causó las lesiones; ello significa que los actos de un tercero podrían haber sido previstos” (Mirand v. City of New York, 84 N.Y.2d 44, 49 (1994). Si las acciones del colegio u otros miembros de la directiva son adecuadas y razonables y, si no, si la negligencia es la causa contigua de las lesiones del demandante, casi  siempre son cuestiones de hecho” (Garcia v. City of New York, 222 A.D.2d 192, 194 (1st Dept.1996).

Ramos tiene una buena oportunidad para ganar la demanda si un jurado con sentido común concluye que basados en el expediente y en los hechos, el colegio actuó de manera negligente al no tomar las medidas necesarias para amainar la amenza de agresión a un estudiante. Por ejemplo, el colegio podría haber ordenado a los sospechoos a dispersarse, solicitar más seguridad o llamar a la policía. Como siempre estas preguntas de aviso, previsibilidad de peligro y la necesidad de una supervisión adecuada son generalmente para el jurado.

Trolman, Glaser & Lichtman: ¡No se conforme con menos!

 

 

Noticias Sobre Accidentes de Nueva York

Jueves, Agosto 6th, 2009

Resbalones y Caídas:

Una niña de seis años de edad resbaló en el peldaño de la escalera mientras estaba subiendo a un tobogán, como resultado sufriendo una fractura en el codo. Su recuperación no fue satifastoria puesto que su codo quedó desalineado causándole dolor, hinchazón y bloqueos casi todos los dias.  La madre de la niña ha presentado una demanda legal contra el Ayuntamiento de Nueva York por no utilizar peldaños antideslizantes en el tobogán. El jurado decidió en favor de la niña y su madre con un veredicto de 3.200.000 dólares por daños y perjuicios pasados y futuros.

El tribunal determinó que el ayuntamiento no siguió su propias especificaciones al requerir el uso de peldaños antideslizantes para la protección de los niños. El testimonio de un arquitecto estableció que el ayuntamiento no tan solo había establecido las normas de protección pero también había aprobado planos para la zona de recreo que incluían protectores antideslizantes. Ello fue considerado especialmente necesario ya que el tobogan estaba situado cerca de una fuente de agua en la que los niños jugaban habitualmente antes de jugar en el tobogán. Por lo tanto el jurado estuvo a favor de los demandantes otorgándoles una indemización por el dolor y sufrimiento resultante de sus lesiones. (Carrasquillo v. City of New York, 2008 NY Slip Op 28400).

Haciendo el Mono:

El 30 de junio de éste año los padres de David M. Gray perdieron la apelación de anulación de la demanda legal presentada contra su distrito escolar local. Su hijo, de seis años de edad, cayó de las barras paralelas rompiéndose el codo. Los padres alegaron que las barras estaban colocadas demasiado altas y que el material de protección era insuficiente para proteger la caída de su hijo. Adicionalmente los padres alegaron que el colegio fue negligente a la hora de supervisar a su hijo.
El tribunal supremo consideró que no había hechos debatibles y otorgó a los defendidos una moción de juicio sumario. Tanto el tribunal de apelaciones como el tribunal de primera instancia dictaminaron que los defendidos presentaron pruebas feacientes meritorias para un juicio. Los defendidos presentaron con éxito que el patio de recreo reunía las normas de seguridad establecidas. Adicionalmente los demandantes no pudieron presentar evidencia que demostrara que el patio de recreo  tuviera algún tipo de problema. Por lo tanto, el tribunal emitió un juicio sumario para los demandantes indicando que el patio de recreo reunía las condiciones de seguridad necesarias. También dictaminó que el colegio no actuó de manera negligente puesto que había un consejero de horario extraescolar supervisando y el niño había estado jugando en las barras paralelas unos minutos antes de sufrir la lesión. Los demandantes no presentaron una apelación y el caso ha sido anulado.  (Dean Gray, V South Colonie Central School District, 2009 NY Slip Op 6069)

Actualización sobre la Firma:

Recientemente Trolman, Glaser & Litchman ha presentado con éxito la apelación para anular la demanda legal presentado por Néstor Pérez contra el Ayuntamiento de Nueva York. El demandante resbaló, cayó y se rompió la pierna mientras estaba jugando fútbol en el patio de recreo, propiedad del defendido, es este caso el ayuntamiento. El Tribunal Supremo denegó la solicitud de aplazamiento del demandante y anuló el caso porque los demandantes no habían continuado con el juicio. De todos modos los demandantes y su representante legal apelaron con éxito ante la Divisón de Apelaciones invirtiendo la orden. La Divisón de Apelaciones consideró que el juicio debía continuar puesto que los demandantes se habían preparado de manera diligente. El tribunal de apelaciones encontró que el retraso en el juicio fue causado por los demandantes al no presentar a tiempo los documentos necesarios. Por lo tanto, la demanda podría continuar con éxito con esta apelación. La demanda todavía continua. (Nestor Perez, v the City of New York, 2009 NY Slip Op 4270).


Trolman, Glaser & Lichtman: ¡No se conforme con menos!